AVISO LEGAL Y CONDICIONES DE CONTRATO.
PRIMERA: Maindsur, 2005 S.L en adelante el arrendador, cede en arrendamiento al Sr. o Empresa arriba indicado en el pedido adjunto, que recibe en tal concepto arrendaticio, los bienes detallados en dicho pedido, valorados en la suma que en el mismo quedan reflejadas________________________________. Los bienes se alquilan sin operador, en perfecto estado de funcionamiento, indicándose las instrucciones para su manejo a su manejo, conservación y su mantenimiento.
SEGUNDA: El precio del presente arrendamiento es el de ( ver pedido) euros diarios, a abonar al arrendador los días 1 y 15 de cada mes, los precios de tarifa se entienden para pagos al contado; salvo pacto en contrario, la demora en el pago supone un aumento del 0,7% mensual por financiación.
En caso de que entre los bienes arrendados se encuentren máquinas, el precio estipulado se extiende para el funcionamiento de las máquinas por periodo no superior a 8 horas al día. El exceso de uso se cobrará proporcionalmente al precio del alquiler.
Los precios están afectados al IVA.
TERCERA: Los bienes arrendados son examinados debidamente por el arrendatario, declara recibirlos en perfecto estado de conservación, uso y funcionamiento, obligándose a mantenerlos, conservarlos, repararlos en caso de averías, y en general, usarlos adecuadamente, mientras los mismos obren en su poder, y a devolverlos en igual estado al que hoy los recibe, y en caso de no hacerlo, correrán a su cargo todos los gastos que se originen por las reparaciones y tratamientos necesarios a dichos bienes por los desperfectos y averías sufridos mientras obraban en poder del arrendatario (como dejar la máquina sin aceite, utilizar aceites distintos a los indicados, mala conexión del voltaje, roturas o pérdidas por falta de vigilancia, etc..)
En caso de que entre los bienes se incluyan máquinas, también serán de cuenta del arrendatario el combustible, aceites, grasas, correas, filtro, etc... a emplear para el funcionamiento de la maquinaria, obligándose a cambiar los aceites y filtros cada 200 horas de trabajo, con arreglo a las instrucciones que se le hacen, y de no efectuarlos así se le cargará su importe a la devolución, aparte de responder de los perjuicios a que la negligencia diere lugar. Previo aviso el personal del arrendador podrá hacer el mantenimiento de la maquinaria arrendada, facilitándosele el acceso libre a la misma, siendo los gastos de la mano de obra por parte del arrendatario, así como los materiales sustituidos como aceites, filtro, correas, etc.
Los bienes no podrán ser subarrendados ni prestados a terceros sin permiso escrito del arrendador. Asimismo, no podrá ocultar o sustituir los signos identificativos o marcas del arrendador sobre los bienes.
CUARTA: Se consideran en poder del arrendatario los bienes arrendados desde el momento en que le son entregados en el domicilio del arrendador, y hasta que los mismos sean devueltos, en dicho lugar ,por lo que todo riesgo o perjuicio que recaiga sobre tales bienes durante su uso y el transporte de los mismo hasta el lugar en que vayan a ser usados, será de la exclusiva responsabilidad del arrendatario, así como durante el traslado para devolverlos al local del arrendador, y durante cualquier momento en que dichos bienes no se encuentren al poder de éste.
QUINTA: Todos los gastos por el traslado de los bienes al lugar en que han de ser empleados, como su devolución al lugar en que han de ser empleados, como su devolución al local del arrendador, serán de cuenta del arrendatario, así como los gastos que pueden originar la descarga o carga de los bienes arrendados, su montaje o desmontaje.
SEXTA: Caso de destrucción o perdida de los bienes arrendados ocurrida durante el tiempo en que el arrendatario los tenga en su poder, conforme se acuerda en la estipulación cuarta, éste se obliga a indemnizar al arrendador con el importe del valor que a los mismos ha sidoasignado en el presente documento, a partir del mismo momento en que tal circunstancia llegue a conocimiento del arrendador.
SÉPTIMA: Caso de embargo, traba, apropiación o privación de los bienes arrendados, efectuados por un tercero, el arrendatario se obliga a comunicarlo inmediatamente a su dueño, para que este pueda hacer valer los derechos que al respecto le competan, obligándose a sí mismo el arrendatario a comunicar a la persona que efectúe cualquiera de las anteriores actuaciones, que dichos bienes sólo lo posee a título de arrendatario, y respondiendo de los daños y perjuicios que al respecto se le causen al propietario.
OCTAVA: Son de cuenta del arrendatario todos los impuestos, contribuciones, arbitrios, y demás conceptos que recaigan sobre el presente contrato y sobre los bienes arrendaos, por causa de uso, debiendo abonarlos directamente al ser exigido su pago, así como sanciones, etc... que por causa de ello se originen.
NOVENA: Mientras los bienes arrendados se hallen en poder del arrendatario, éste responde de cuantos daños y perjuicios sean causados a terceras personas por motivo de su uso, tenencia y explotación, sin obligación alguna a cargo del arrendador en relación con ello. Al mismo tiempo, el arrendatario se obliga a cumplir la normativa legal que tenga establecida de Ministerio de Industria y el de Trabajo, en cuanto al uso de los bienes arrendados, en otras y sus medidas de seguridad y de prevención.
DÉCIMA: En caso de litigio las partes se someten a los juzgados y tribunales de Dos Hermanas (Sevilla), y renuncian a todo fuero que, en su caso, pudiera corresponderles, expresamente.
NORMAS PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO Y USO DE LA MAQUINARIA.
Antes de arrancar la máquina, compruebe:
- NIVELES DE ACEITE.
- NIVEL DE AGUA.
- NIVEL DE GASOIL.
- VOLTAJE DE CONEXIÓN
- SIGA LAS INTRUACCIONES DE MANEJO QUE SE LE ADJUNTAN CON LAS MAQUINAS O SE LE INDIQUEN.
- CAMBIE CADA 200 HORAS LOS ACEITES Y LOS FILTROS DE LAS MÁQUINAS, SALVO NORMAS EN CONTRARIO DE CADA MÁQUINA.
- SI TRABAJA CON HORMIGONES O MORTEROS, LIMPIEZA DE LAS MAQUINAS AL FINAL DE LA JORNADA.
- EN CASO DE AVERIA LLAME A NUESTRAS OFICINAS, A FIN DE PODER PRESTARLES UN MEJOR Y MÁS RÁPIDO SERVICIO.
Y conforme con el contenido íntegro de este escrito firman sus otorgantes el mismo, por duplicado y a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO EL MANDATARIO